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Información para que los establecimientos y oficinas de Cangas sean más accesibles

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Información para que os establecementos e oficinas de Cangas sexan máis accesibles

Desde el 1 de enero del año 2016 los establecimientos deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad que recoge el DB SUA en todo aquello que sea susceptible de ajustes razonables, conforme a la Disposición final novena de la Ley 51/2003 de 2 de diciembre (LIONDAU), a la Disposición final quinta del Real decreto 505/2007 de 20 de abril y a los artículos uno y trece de la Ley 26/2011 de 1 de agosto de adaptación a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Un local accesible es un lugar en el que se juntan receptividad, inclusión y no discriminación, donde priman la calidad y la igualdad para todas las personas. La definición de zonas y entradas accesible se recoge en el Documento Básico SUA (Seguridad de Utilización y Accesibilidad), actualizado en julio del 2017, Sección 9, página 49, donde podéis encontrar información detallada sobre espacios, medidas, zonas de paso, cuestas o salva escaleras.


Nuestras calles y paseos están cada vez más preparados para el disfrute de todas las personas, pero queremos que todos podamos acceder a vuestros negocios: bares, restaurantes, oficinas, consultas, tiendas..., y así tener una experiencia completa y gratificante, ya que las personas y las familias con diversidad funcional también precisamos de bienes y servicios profesional.


Desde el Ayuntamiento queremos proponerte que eliminemos las barreras arquitectónicas existentes y que poco a poco vayamos mejorando para que todas las personas que vivimos aquí y las que nos visiten podamos disfrutar de una acogedora villa.


Para ponerte al día con los deberes legales y mejorar tu negocio puedes contar con nosotros. Desde el Ayuntamiento estamos a tu disposición para asesorarte y estar a tu lado en el camino hacia la accesibilidad, en la oficina técnica de Urbanismo, o en la de Obras y Servicios.